Objetivo y Contexto
???? El 22 de Octubre de 2021, la Autoridad Europea Supervisora (ESA) publicó los Estándares Técnicos de Regulación (en adelante, RTS) en relación a los artículos 8, 9 y 11 del Reglamento 2019/2088 (en adelante, SFDR), relativos a la información precontractual e informes periódicos de los productos que promocionan características medioambientales o sociales, y productos que tienen como objetivo inversiones sostenibles ????.
El principal objetivo de estas nuevas normas técnicas es mostrar un marco único y consolidado del detalle de la información que participantes en los mercados financieros y los asesores financieros, tienen que divulgar de manera que se armonicen las prácticas del mercado dotándolo de transparencia y facilitando la toma de decisiones de los inversores finales.
Para ello, la ESA ha publicado un borrador de Reglamento Delegado del SFDR consolidado que incorpora los cambios introducidos no solo tras la Consulta de la ESA para las RTS de Febrero de 2021, sino también de las modificaciones que introdujo el Reglamento 2020/852 de la Taxonomía a través de su artículo 25 en el que exige a la ESA el desarrollo de normas técnicas que especifiquen el contenido y presentación de la información para los productos que promocionen las características medioambientales y/o tengan objetivos de inversión medioambiental ♻.
De esta manera, estas RTS finales de Octubre de 2021 consolidan de manera definitiva todas las modificaciones presentando en un documento único el contenido, metodología y presentación de la información a divulgar sobre las incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel entidad, la información precontractual, información online e informes periódicos de los productos financieros bajo el marco de SFDR.
Principales modificaciones
La entrada en vigor del Reglamento de la Taxonomía Europea en Junio de 2020 supuso la modificación del Reglamento SFDR, no solo por la incorporación del criterio de “no causar perjuicio significativo”, sino también por la obligación a la ESA de desarrollar estas normas técnicas que incorporan entre otras cuestiones, la necesidad de divulgar en la información precontractual y en los informes periódicos sobre a qué objetivos del artículo 9 de la Taxonomía contribuye los productos que promocionan características medioambientalmente sostenibles, así como para los productos financieros que tengan objetivos de inversión sostenibles asociados a alguno de estos objetivos de la Taxonomía.
Asimismo, estas RTS incorporan obligaciones de divulgación adicionales sobre en qué medida y cómo las inversiones están alineadas con la Taxonomía. Para las entidades que tengan productos que promuevan características medioambientales y/o inversiones medioambientalmente sostenibles deberán calcular dos KPIs, uno incorporando las exposiciones soberanas y otros excluyéndolas, que muestren la proporción de las inversiones alineadas frente a la totalidad de las mismas, tanto en su información precontractual, como periódica. La forma de divulgación del grado de alineamiento variará según el tipo de información, precontractual o informes periódicos utilizando gráficos de sectores y de barras respectivamente, y de acuerdo al tipo de entidad de la exposición, entidades no financieras y financieras. Adicionalmente, se obliga a las entidades a informar sobre si el cumplimiento de los criterios del alineamiento de la Taxonomía están auditados o revisados por un auditor o una tercera parte.
En cuanto al resto de productos financieros e información a divulgar más allá de lo relacionado con la Taxonomía, las RTS proponen ciertas modificaciones en las plantillas de los Anexos para la presentación de la información precontractual y periódica. Además, se realizan cambios en la forma, orden y pequeños cambios en el contenido de los apartados de los que se componen la información precontractual, informes periódicos y sitios web de los productos financieros.
Fecha de aplicación
La Comisión Europea ha informado al Parlamento Europeo de la necesidad de retrasar 6 meses la aplicación de estas normas técnicas, inicialmente previstas para Enero de 2022, debido a la complejidad técnica del desarrollo de las mismas, así como por la necesidad de una implementación adecuada por todas las entidades afectadas mediante un único acto delegado. De tal manera, las RTS serán aplicables a partir del ???? 1 de Julio de 2022????.
Conclusión
El borrador definitivo sobre las RTS de SFDR confirma la tendencia hacia que el Reglamento de la Taxonomía se convierta en el marco de referencia que defina y armonice los criterios de sostenibilidad medioambiental, no solo en materia de productos financieros, cuestión a la que afecta SFDR, sino también en asuntos como la gestión de las preferencias de los clientes y cuestiones organizacionales a las que afecta la regulación MIFID II, entre otras. Asimismo, estas RTS dotan de claridad a la información que las entidades financieras deben divulgar al mercado tanto a nivel de aplicación de la Taxonomía, sirviendo como disparadero para que las entidades intensifiquen las líneas de acción necesarias para su cumplimiento.
Por último, la aprobación de estos estándares resalta la importancia no solo de la adopción de esta medidas de divulgación desde el ámbito financiero, sino que desde las entidades no sujetas a SFDR comiencen a divulgar esta información facilitando la labor de recogida de información a las entidades financieras lo que permite un mejor acceso a nuevas fuentes de financiación y oportunidades de negocio para las mismas.